Navegación en ríos
Navegación en el tramo superior del río Ebro, afluentes y subafluentes del río Ebro:
En el tramo superior del río Ebro, comprendido entre su nacimiento y el azud de Escatrón (Zaragoza), y en los afluentes y subafluentes del río Ebro, sólo se permite la navegación a remo.
Se permite navegar conjuntamente con la misma embarcación en el tramo superior del río Ebro, en sus afluentes y subafluentes.
Se respetarán las normas de navegación en los ríos de montaña de Aragón y de la Rioja (ríos Najerilla y Piqueras-Iregua) descritas en el Anexo 4 de las instrucciones.
Durante el periodo de freza en los ríos de montaña de Aragón, la navegación en estos ríos estará condicionada a que la entrada y salida a los mismos se realice única y exclusivamente a través de los puntos de embarque y desembarque señalados en el listado "Puntos de acceso y salida en ríos de montaña de Aragón en periodo de freza".
Navegación en el tramo inferior del río Ebro y caracol manzana:
En el tramo inferior del río Ebro, comprendido entre la descarga de la central eléctrica de Flix (Tarragona) y el puente del Estado en Tortosa (Tarragona), coincidiendo con el límite de las aguas interiores competencia de este Organismo de cuenca, se permite la navegación a remo, vela y motor.
La navegación en el tramo inferior del río Ebro es exclusiva y confinada debido a la presencia de mejillón cebra y caracol manzana, por lo que las embarcaciones que naveguen en este tramo no podrán navegar en ningún otro tramo de río ni embalse de la cuenca del Ebro.
Para navegar en el río Ebro aguas abajo del puente del Estado en Tortosa (Tarragona), deberá dirigirse a la Dirección General de Marina Mercante del Ministerio de Fomento.
La Orden ARP/211/2017, de la Generalitat de Cataluña, de 8 de septiembre, por la que se modifica la OrdenAAR/404/2010, de 27 de julio, por la que se declara oficialmente la existencia de un foco del caracol manzana en el hemideltaizquierdo del delta del Ebro, amplía la zona demarcada para su vigilancia y control desde la desembocadura del río Ebro hastalos TTMM de Miravet y Ginestar.
Todo navegante que salga de dicha zona demarcada por la localidad de Mora de Ebro (Tarragona), en sentido ascendente (hacia Flix), deberá someter su embarcación a una inspección en esta localidad. Tras esta inspección, se obtendrá un certificado que puede ser requerido por cualquier agente de la autoridad. La inspección y la emisión del certificado corren a cargo del Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro (IDECE), Organismo dependiente de la Generalitat de Cataluña.